Si estás pensando en instalar cámaras de videovigilancia en tu negocio, comunidad de vecinos o cualquier otro lugar, es fundamental conocer las obligaciones legales para la instalación de cámaras de videovigilancia. La normativa de protección de datos protege la privacidad de las personas y establece exigencias para el uso correcto de estos sistemas.
Uso justificado de videovigilancia
En caso de que la finalidad de la videovigilancia sea la seguridad de los bienes, personas e instalaciones, ésta solo debería usarse si no hay otra manera menos invasiva de garantizar la seguridad (como controles de acceso, sistemas de alarmas, iluminación mejorada, señalización disuasoria, etc.).
Por otro lado, no se puede usar cámaras para captar imágenes de la vía pública con fines de seguridad, ya que eso es competencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Las únicas excepciones son:
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- Si es absolutamente imprescindible para la finalidad que se busca.
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- Si es imposible evitar captar imágenes de la vía pública por la ubicación de las cámaras.
Lugares prohibidos para la instalación de cámaras
No se puede instalar cámaras en baños, vestuarios o lugares similares. Estas zonas son completamente privadas y está prohibido grabarlas.
Información a los afectados
Existe la obligación de informar a las personas que están siendo grabadas, pudiéndose hacer servir un sistema de capas:
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- Primera capa: Cartel visible que indique que la zona está videovigilada, quién es el responsable y cómo pueden ejercitar sus derechos según los artículos 15 a 22 del RGPD.
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- Segunda capa: Documento que contiene el resto de la información detallada en el artículo 13 del RGPD y que debe facilitarse al interesado.
Medidas de seguridad
El artículo 32 del RGPD exige la implementación de medidas técnicas y organizativas que aseguren un nivel adecuado de seguridad. Estas medidas deben basarse en una evaluación de riesgos previa.
Ahora bien, en el contexto de un sistema de videovigilancia, algunas de las medidas aplicables encontraríamos la gestión de controles de acceso (como la asignación de permisos y el registro de accesos), almacenamiento en la nube con limitaciones de acceso y procedimientos de eliminación segura, monitorización continua de incidentes, realización de auditorías periódicas, capacitación del personal, implementación de sistemas de respaldo, y protección física de los equipos.
Duración de conservación de imágenes
Las imágenes deben ser eliminadas en un plazo máximo de un mes, salvo en aquellos supuestos en que se deban conservar para acreditar la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones.
Encargados del tratamiento
Si se contrata a un tercero para gestionar las cámaras, este se convierte en encargado del tratamiento y debe cumplir con el artículo 28 del RGPD. Por tanto, debe procederse a la formalización de un contrato que detalle las obligaciones y responsabilidades del encargado.
Consejos prácticos
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- Coloca carteles informativos: Asegúrate de que sean visibles y contengan toda la información necesaria.
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- Limita la grabación: Solo graba lo necesario. Evita capturar áreas vecinas o la vía pública, a menos que sea inevitable.
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- Protege el acceso a las imágenes: Usa contraseñas y restringe el acceso solo a personas autorizadas.
Si necesitas ayuda para cumplir con las obligaciones legales para la instalación de cámaras de videovigilancia, no dudes en ponerte en contacto con nuestros abogados especializados en protección de datos a través del correo electrónico info@auferil.es o vía WhatsApp (+34) 676.351.757. Para obtener información detallada sobre nuestros servicios dirigidos a empresas y autónomos, haga clic aquí.