El 17 de octubre de 2024, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) dio luz verde al «Código de Conducta para la Resolución de Controversias en materia de Protección de Datos en el Sector de las Comunicaciones Electrónicas«. Este documento, desarrollado por las principales operadoras de telecomunicaciones en España, como Orange, Telefónica, Vodafone y MásMóvil, busca facilitar la gestión de controversias relacionadas con la protección de datos de forma ágil y efectiva.
¿Qué es el Código de Conducta y a quién aplica?
El Código establece un marco específico para resolver disputas entre las entidades adheridas y los interesados relacionadas con el tratamiento de datos personales. Entre los casos contemplados se encuentran:
- Usurpación de identidad.
- Inscripción indebida en ficheros de morosos.
- Incumplimientos de los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad.
- Falta de transparencia en transferencias internacionales de datos.
Este Código es aplicable exclusivamente a entidades adheridas establecidas en España o que presten servicios a usuarios en el territorio español, siempre que estos tratamientos estén vinculados con su actividad comercial.
El papel de AUTOCONTROL
La AEPD ha designado a AUTOCONTROL como el organismo encargado de supervisar y gestionar este Código. Entre sus funciones destacan:
- Tramitación de reclamaciones: AUTOCONTROL actuará como intermediario en la resolución de disputas a través de un procedimiento de mediación con una duración máxima de 30 días.
- Supervisión: Garantiza el cumplimiento del Código mediante mecanismos de control, revisiones periódicas y la generación de informes estadísticos.
- Gestión de adhesiones: Publica y actualiza la lista de entidades adheridas.
Resolución extrajudicial de controversias
El Código introduce un procedimiento de mediación accesible y gratuito para los interesados. Estos podrán presentar reclamaciones directamente ante AUTOCONTROL o mediante la AEPD. Entre las principales características del procedimiento destacan:
- Plazos definidos: La mediación debe resolverse en un máximo de 27 días si es iniciada por la AEPD, o 30 días en reclamaciones directas.
- Carácter vinculante: Las resoluciones adoptadas son obligatorias para las entidades adheridas.
- Confidencialidad: El proceso garantiza la privacidad de los datos y las reclamaciones.
Beneficios del Código
Este Código no solo refuerza la confianza de los usuarios en el sector de las telecomunicaciones, sino que también facilita a las empresas el cumplimiento normativo, promoviendo buenas prácticas en materia de protección de datos. Además, permite una resolución ágil y efectiva de conflictos, reduciendo la carga administrativa tanto para los interesados como para la AEPD.
Impacto para el sector de las telecomunicaciones
La aprobación de este Código posiciona al sector de las comunicaciones electrónicas como pionero en la adopción de mecanismos específicos de autorregulación en España. Se espera que su implementación impulse la transparencia, el cumplimiento normativo y la confianza de los usuarios en el tratamiento de sus datos personales.
Con la entrada en vigor prevista para el próximo 17 de diciembre, este Código representa un paso clave en la mejora de la protección de datos y en la consolidación de la mediación como herramienta esencial para resolver controversias en un sector altamente regulado.
Servicios de AUFERIL relacionados con el Código de conducta
En AUFERIL, ofrecemos servicios especializados para ayudar a las empresas del sector de las telecomunicaciones a cumplir con el nuevo Código de Conducta para la Resolución de Controversias de Protección de Datos:
1. Adhesión al Código
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- Preparación de documentos y requisitos para la adhesión.
- Gestión de comunicaciones con AUTOCONTROL.
2. Implantación de procedimientos
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- Creación de protocolos para tramitar reclamaciones en los plazos establecidos.
- Capacitación del equipo en mediación y resolución de controversias.
3. Supervisión y auditoría
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- Auditorías internas para garantizar el cumplimiento del Código.
- Asistencia en la elaboración del informe anual para AUTOCONTROL.
4. Gestión de controversias
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- Representación en mediaciones y reclamaciones complejas.
- Soporte en procedimientos sancionadores.
5. Comunicación y formación
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- Actualización de políticas de privacidad.
- Formación para empleados sobre el Código y su aplicación.